miércoles, mayo 16, 2007

Mediapro le quita a Telecinco los derechos de la Fórmula 1

Que Telecinco ha sabido explotar el negocio televisivo de la Fórmula 1 en España es un hecho indiscutible, pues Televisión Española estuvo emitiéndolo durante varios años sin demasiado éxito, y fue cuando la cadena de Fuencarral se hizo con los derechos y dio un giro espectacular a lo que retransmisiones de este deporte se refiere.

Bien es cierto que coincidió con el apogeo de la máxima figura que ha tenido España en este deporte en toda su historia, pero la información que comenzó a suministrar, las entrevistas, la forma de involucrar al espectador, fueron tan diferentes que las audiencias se fueron disparando hasta generar una expectación en cada carrera como hasta ahora solo había generado el fútbol.

Muy buen trabajo profesional y de marketing, pues supieron vestirlo para hacerlo más atractivo y lo promocionaron de forma que el espectador llegara a identificarse con el sistema y aprendiera desde los nombres de los circuitos, las maravillas técnicas de los coches, la reglamentación, los pilotos, escuderías, y muchas más cosas que antes fueron todo un misterio.

Pero en televisión nada es para siempre y desde que hace apenas poco más de dos años entraran nuevos competidores como Cuatro o La Sexta, el mercado se ha hecho más abierto, y así surgió la noticia de como el pasado Año se hizo La Sexta con los derechos del mundial de fútbol, de la retransmisión de los partidos semanales de la liga profesional, los derechos televisivo0s de Real Madrid y Barcelona para varios años, y hoy vemos que han dado un nuevo paso, haciéndose con los derechos de la Fórmula 1 para cinco años, exactamente desde 2009 hasta 2013, ambos incluidos. La noticia dice esto:

El grupo empresarial de medios de comunicación Mediapro, principal accionista de La Sexta, ha adquirido en exclusiva los derechos de emisión televisiva e internet del Mundial de Fórmula 1 durante un periodo de cinco años, desde 2009 hasta 2013, ambos incluidos.

El acuerdo se ha alcanzado con Formula One Management (FOM) y se circunscribe en exclusiva para todo el territorio español. En la actualidad, los derechos estaban hasta 2008 en poder de Telecinco y de TV3, en este caso para el territorio catalán.

Este es el tercer acuerdo de gran calibre que consigue el grupo Imagina, formado por la fusión de los grupos Árbol-Globomedia y Mediapro, ya que en la anterioridad se había hecho con los derechos televisivos del Real Madrid y el FC Barcelona.

Por el contrato con la entidad madridista, Mediapro pagó, según diferentes informaciones, 1.100 millones de euros por un compromiso de ocho temporadas, una cifra similar a la que percibió el Barcelona por sus derechos televisivos.

Gracias a ese acuerdo, La Sexta pasó a emitir encuentros de Primera División desde principios de esta temporada.

Mediapro, fundada por 1994 por Jaume Roures, ha extendido su negocio a diferentes áreas audiovisuales, ya que también se dedica a la producción cinematográfica y a la producción de productos para diferentes canales de televisión, entre otros servicios.

En Telecinco "se respira tranquilidad"

Una portavoz de Telecinco aseguró a la agencia Efe que en la cadena "se respira tranquilidad y serenidad" y aunque la Fórmula 1 "es un gran atractivo, no es el único con el que cuenta" ya que emiten "gran cantidad de series de ficción afianzadas entre el público".

También se asegura que Telecinco "no han querido participar en la puja" en la que, según dijo, "se ha triplicado el precio" que hasta ahora había pagado el canal de televisión.

Fuente: 20Minutos.

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martes, mayo 01, 2007

La productora de Gran Hermano tendrá que pagar un millón de euros por almacenar datos de concursantes sin permiso

  • Zeppelin Televisión guardó información sobre los aspirantes a concursantes sin advertírselo.
  • Algunas fichas contenían anotaciones despectivas sobre los concursantes.
  • La sentencia, confirmada por el Tribunal Supremo, es inapelable.

El Tribunal Supremo ha confirmado la sanción de 1,08 millones de euros impuesta a Zeppelin Televisión S.A, productora del programa Gran Hermano.

La Agencia Española de Protección de Datos denunció a la productora por el tratamiento dado a los datos de caracter personal de unos 7.000 candidatos que participaron en el programa emitido por Telecinco.

Según la sentencia, hecha pública hoy, la productora recabó información relativa a gustos, ideología, creencias religiosas, raza, salud o vida sexual sin que existiera consentimiento por parte de los candidatos para que estos datos se trataran informáticamente y además, cedió los ficheros sin la debida seguridad a personas con las que no le unía ningún lazo contractual.

El tribunal rechaza todas las alegaciones presentadas por Zeppelin Televisión S.A contra la sanción, entre ellas las manifestaciones públicas realizadas por el director de la Agencia de Protección de Datos, institución que presentó la demanda contra la productora, sobre el expediente sancionador de forma previa a la sentencia.

Alegaciones sin éxito

La recurrente consideraba que con estas declaraciones en las que se informaba sobre la investigación de los hechos y las posibles sanciones, quedaba vulnerado su derecho a un juez imparcial.

No obstante, el alto tribunal entiende, según la sentencia, que el Director no valoró, ni calificó, ni enjuició el procedimiento por lo que sus palabras carecieron de efectos respecto a la situación jurídica de la productora.

Los datos de los candidatos fueron almacenados sin consentimiento alguno
La productora alegaba también que encargó la recogida de datos a una empresa, Atento Telecomunicaciones España, con la que firmó el correspondiente contrato y que, en su opinión, debería ser la única responsable de la recogida y tratamiento de los datos.

La sentencia recuerda que en el contrato Atento no asumía ninguna obligación derivada de la legislación de protección de datos ni Zeppelin la exigía. Además, destaca que la productora era la beneficiaria del fichero y quien decidió la finalidad, contenido y uso del tratamiento por lo que no puede eludir la responsabilidad.

La productora atribuía el tratamiento a otra empresa con la que firmó contrato, el gabinete de psicólogos García Huete & Cuadrado, y destacaba que los datos sensibles (referentes a religión, raza o sexo) se trataron de forma automatizada.

El alto tribunal pone de manifiesto en su fallo que también es necesario para el resto de datos el consentimiento de la persona que los proporciona, sin que pueda entenderse que éste se ha dado al ofrecer los titulares la información de forma voluntaria.

"Resulta incongruente hablar de un consentimiento tácito cuando ni siquiera se ha producido la necesaria información a los titulares sobre la existencia del fichero", resalta la sentencia.

Comentarios ofensivos a pie de página y colgados de Internet

Zeppelin Televisión cedió a las empresas con las que le unía una relación contractual y a dos personas con la que no tenía relación jurídica alguna, colaboradores del gabinete de psicólogos, información sin la debida protección sobre 7.000 personas que contenía, además, comentarios manuscritos en su mayor parte ofensivos, realizados por redactores del programa.

Este fichero fue colgado en Internet donde lo localizó la Agencia de Protección de Datos que procedió a sancionar a la productora.

La recurrente consideraba que la sanción impuesta era desproporcionada ya que la multa no se correspondía con las consecuencias para los afectados.

En las notas se incluían calificaciones sobre aptitudes intelectuales y físicas

A este respecto, el Tribunal Supremo respalda la opinión de la Audiencia Nacional que hizo hincapié en la rechazable conducta de la productora a lo largo de todo el proceso selectivo al tratar en un fichero datos especialmente protegidos "sin ninguna base contractual y sin las más mínimas garantías", información que incluía "calificaciones sobre aptitudes intelectuales y físicas" y en la que se emitían "juicios atentatorios a la dignidad de la persona".

Defiende así la graduación de la sanción impuesta, para la que tomó en consideración la naturaleza de los derechos personales afectados, el volumen de los tratamientos efectuados y el beneficio obtenido por la actora.

Respecto a este último punto la sentencia destaca que la productora "hace alarde de la alta audiencia que alcanzó el programa, con más de 11 millones de espectadores".

En opinión de la Audiencia Nacional, confirmada por el Tribunal Supremo, Zeppelin basó la recogida de datos en "el más completo desprecio a la exigencia del consentimiento consciente e informado de los afectados"
Fuente: 20Minutos

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